La realidad de la obligatoriedad del sistema OSE

La realidad de la obligatoriedad del sistema OSE

-Mediante Resolución de Superintendencia Nº 239-2018/Sunat se establece el uso obligatorio del Sistema de Emisión Electrónica Operador de Servicios Electrónicos y del Sistema de Emisión Electrónica Sunat Operaciones en Línea-

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estableció la obligatoriedad del Sistema de Emisión Electrónica Operador de Servicios Electrónicos (SEE-OSE) y del Sistema de Emisión Electrónica Sunat Operaciones en Línea (SEE-SOL) desde el próximo año para los principales contribuyentes (PRICOS). Tras la aplicación de la norma, han surgido muchas dudas sobre si la medida es obligatoria para todos los contribuyentes o si se puede emitir en cualquier sistema luego de la designación, entre otras. Por eso, mediante esta nota les informaremos el detalle de la nueva resolución:
  1. La obligatoriedad está dirigida para los principales contribuyentes nacionales, principales contribuyentes de la Intendencia Lima, principales contribuyentes de las intendencias regionales y oficinas zonales o agentes de retención o agentes de percepción del impuesto general a las ventas.
  2. Los emisores electrónicos que hasta el 31.12.18 cuenten con la calidad de principales contribuyentes deberán utilizar el sistema OSE desde el 1° de marzo del 2019.
  3. Para quienes obtengan dicha calidad desde el 1.1.19 deberán cumplir con la obligatoriedad desde el primer día calendario del cuarto mes siguiente desde que concurran las calidades de emisor electrónico y principal contribuyente.
  4. Los emisores designados por Sunat o por elección están obligados a usar el Sistema de Emisión Electrónica – Operador de Servicios Electrónicos (SEE- OSE) y/o Sistema de Emisión Electrónica Sunat – Operaciones en Línea (SEE – SOL).
  5. El SEE-OSE puede trabajar con uno de los 8 operadores autorizados, dicha cantidad irá aumentando para poder atender a toda la masa de contribuyentes. Y el SEE-SOL está dirigido a contribuyentes que emiten menos de 100 comprobantes al mes y puedan seguir haciéndolo a través del portal de la Sunat de forma gratuita.
  6. La validación del nuevo sistema se realizará para facturas electrónicas, boletas de venta electrónica y notas electrónicas.
  7. A partir de esta resolución, los emisores electrónicos obligados a emitir a través del SEE-OSE o SEE-SOL, están impedidos de emitir en otros sistemas de emisión.
  8. Los operadores de servicios electrónicos pueden brindar servicios agregados como el de monitoreo de errores o rechazos y ayudar con ello a la masificación de comprobantes electrónicos.
  9. En la norma Nº 242-2018/SUNAT se han dispuesto nuevas sanciones para los operadores. Por no poner a disposición del emisor electrónico, el adquirente o usuario, el destinatario, el remitente y/o el transportista la posibilidad de consultar en una página web el documento electrónico respecto del cual se emitió una CDR, así como las CDR y las comunicaciones de inconsistencias que haya emitido, será multada con 25 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Así mismo, al no identificar el servicio de comprobación informática que brindan y no especificarlo como un ítem independiente en la emisión de la factura acarrea una multa de una UIT (S/ 4,150).
“El Operador de Servicios Electrónicos es un intermediario verificado que se encargará de comprobar, verificar y autorizar la emisión de los comprobantes de pago electrónicos que ayudará a descentralizar los procesos de validación. Nuestros clientes podrán acceder a más beneficios como el de analítica de datos, factoring y pasarela de pagos gracias a nuestra solución integral de facturación y validación electrónica”, afirmó Renzo Alcántara, gerente general de Transporte Confidencial de Información. Además, aseveró que Sunat apunta hacia un buen camino porque tendrá mayor eficiencia con más control y menos recursos, lo que nos ayudará a formar parte de la tendencia global de facturación electrónica. TCI – Transporte Confidencial de Información brinda el servicio de intermediación electrónica de documentos desde hace más de 26 años, es el Primer Emisor Electrónico homologado por SUNAT, Primer Proveedor de Servicios Electrónicos y Primera Empresa Peruana autorizada como Operador de Servicios Electrónicos. Cuenta con el respaldo de más de 800 clientes, más de 100 colaboradores especializados en la norma, más de 20 alianzas estratégicas para facilitar la integración de las soluciones, soporte local los 365 días al año y el respaldo de IBM para el resguardo de la información de los clientes.

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